Artículo 224 del Código Civil de Tlaxcala
Libro segundo. De las personas · Titulo quinto. De la filiacion · Capitulo IV. De las sentencias declarativas de filiacion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
De la sentencia ejecutoriada que resuelva sobre la filiación se remitirá copia al Oficial del Registro del Estado Civil, para que levante el acta correspondiente.