Artículo 2483 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoseptimo. De la prenda · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
La prenda puede constituirse:
I.- Por el deudor en virtud de convenio con el acreedor;
II.- Por un tercero en virtud de convenio con el acreedor y el deudor;
III.- Por un tercero por convenio con el acreedor, sin consentimiento del deudor o con el simple conocimiento de éste;
IV.- Por un tercero por convenio con el acreedor y contra la voluntad del deudor;
Cuando la prenda sea constituida por un tercero se llamará a éste "deudor prendario".