Artículo 2888 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo cuarto. De la sucesion legitima · Capitulo III. De la sucesion de los descendientes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si quedan hijos y nietos los primeros heredarán por cabezas y los segundos conforme a su derecho de representación.