Artículo 2917 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a la sucesion testamentaria y a la legitima · Capitulo I. De las precauciones que deben adoptarse cuando la superstite queda encinta
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Los herederos podrán pedir al juez que se proceda oportuna y decorosamente a la averiguación de la preñez.