Artículo 382 del Código Civil de Tlaxcala
Libro segundo. De las personas · Titulo noveno. De la tutela · Capitulo IX. De la garantia que deben prestar los tutores para asegurar su manejo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Siendo varios los menores incapacitados cuyo haber consista en bienes procedentes de una herencia indivisa, si los tutores son varios, sólo se exigirá, a cada uno de ellos, garantía por la parte que corresponda a su representado.