Artículo 755 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo tercero. De la propiedad · Capitulo I. De la propiedad en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Nadie puede construir cerca de una pared ajena o de copropiedad, fosos, cloacas, acueductos, hornos, fraguas, chimeneas, establos; ni instalar depósitos de basura o de materias corrosivas, máquinas de vapor o fábricas destinadas a usos que puedan ser peligrosos o nocivos, sin guardar las distancias prescriptas por los reglamentos, o sin construir las obras de resguardo necesarias con sujeción a lo que prevengan los mismos, o a falta de ellos, a lo que se determine por juicio pericial.