Artículo 236 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título sexto. Delitos contra la vida y la integridad corporal · Capítulo II. Lesiones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
Si las lesiones fueren cometidas en riña, se impondrán la mitad o cinco sextos de las penas que le puedan corresponder, según se trate de provocado o provocador.