Artículo 237 Quater del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título sexto. Delitos contra la vida y la integridad corporal · Capítulo II. Lesiones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
Cuando las lesiones sean cometidas en contra de persona trabajadora de la educación, en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, se incrementará en un tercio la pena impuesta.