Artículo 246 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título sexto. Delitos contra la vida y la integridad corporal · Capítulo V. Ayuda o inducción al suicidio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
A quien induzca a otro para que se prive de la vida, se le impondrá prisión de tres a ocho años y multa de doscientas dieciséis a quinientas setenta y seis veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización si el suicidio se consuma.