Artículo 1663 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo VI. Del arrendamiento · Sección séptima. Del arrendamiento de las cosas muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Si el alquiler fuere de animal determinado, el alquilador cumplirá con entregar el que se haya designado en el contrato.