Artículo 2008 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo XIV. De la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Pueden darse en prenda todos los objetos muebles que pueden ser enajenados, y aún los frutos pendientes de los bienes raíces que deben ser recogidos en tiempo determinado.