Artículo 2105 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo XV. De la hipoteca · Sección quinta. De la extinción de las hipotecas
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Los registros hipotecarios pueden ser cancelados por consentimiento del acreedor o por decisión judicial.