Artículo 730 del Código Civil de Yucatán
Libro segundo. De la posesión y propiedad de los bienes · Título tercero. De la propiedad · Capítulo III. De la Apropiación de Animales
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
En todo caso es responsable el cazador de los daños que cause. Cuando haya más de un cazador serán todos responsables mancomunadamente.