Artículo 1160 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título primero (sic). Fuentes de las obligaciones · Capítulo tercero. Del enriquecimiento ilegítimo o sin causa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El que sin causa se enriquece en detrimento de otro, ésta obligado a indemnizarlo de su empobrecimiento, en los siguientes términos:
I.Si el enriquecimiento es igual al empobrecimiento, la indemnización será en la medida de ambos;
II.Si el enriquecimiento es menor que el empobrecimiento, la indemnización será en la medida del primero;
III.Si el enriquecimiento es mayor que el empobrecimiento, la indemnización será en la medida de este último.