Artículo 1261 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título segundo. Modalidades de las obligaciones · Capítulo tercero. De las obligaciones facultativas, conjuntativas y alternativas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Si los dos bienes se han perdido, y uno lo ha sido por culpa del deudor, éste debe pagar el precio del que se perdió. Lo mismo se observará si los dos bienes se han perdido por culpa del deudor, pero éste pagará los daños y perjuicios correspondientes.