Artículo 1264 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título segundo. Modalidades de las obligaciones · Capítulo tercero. De las obligaciones facultativas, conjuntativas y alternativas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Si el bien se pierde sin culpa del deudor, estará obligado el acreedor a recibir lo que haya quedado.