Artículo 1317 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título segundo. Modalidades de las obligaciones · Capítulo quinto. De las obligaciones de dar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Cuando la obligación de dar tenga por objeto un bien designado sólo por su género y cantidad, luego que el bien se individualice por la elección del deudor o del acreedor, se aplicarán, en caso de pérdida o deterioro, las reglas establecidas en este Código.