Artículo 1639 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título tercero. De la compraventa · Capítulo quinto. De la entrega del bien vendido
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
La entrega del bien vendido debe hacerse en el lugar convenido y si no hubiere lugar designado en el contrato, en el lugar en que se encontraba el bien en la época en que se vendió.