Artículo 2532 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Tercera parte · Título segundo. Del registro público · Capítulo cuarto. Del registro de operaciones sobre muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Se inscribirán en el Registro de operaciones, sobre bienes muebles:
I.Los contratos de compraventa de bienes muebles sujetos a condición resolutoria a que se refiere este Código;
II.Los contratos de compraventa de bienes muebles por los cuales el vendedor se reserva la propiedad de los mismos;
III.Los contratos de prenda cuyo registro exige este cuerpo de leyes.