Artículo 345 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título quinto. Del usufructo, del uso y de la habitación · Capítulo cuarto. De los modos de extinguirse el usufructo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El usufructo concedido por el tiempo que tarde un tercero en llegar a cierta edad, dura el número de años prefijado, aunque el tercero muera antes.