Artículo 1154 del Código Civil de Morelos
SUBSISTENCIA DEL USUFRUCTO POR EL TIEMPO OTORGADO CONFORME A LA EDAD DE UN TERCERO
Libro cuarto. De los bienes de los derechos reales · Titulo quinto. Del usufructo, del uso de la habitacion · Capitulo IV. De los modos de extinguir el usufructo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El usufructo concedido por el tiempo que tarde un tercero en llegar a cierta edad, dura el número de años prefijado, aunque el tercero muera antes.