Artículo 1575 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo II. Del usufructo · Sección quinta. De los modos de extinguirse el usufructo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El usufructo concedido por el tiempo que tarde una persona distinta del usufructuario en llegar a cierta edad, dura el número de años prefijados aunque el tercero muera antes.