Artículo 695 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento - de los testamentos en general (sic) · Capítulo noveno. De la inexistencia, nulidad, revocación y caducidad de los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
La revocación producirá su efecto aunque el segundo testamento caduque por la pre-muerte, incapacidad o renuncia del heredero o del legatario designados en este segundo testamento.