Artículo 715 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo segundo. Del testamento público abierto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
En el caso de extrema urgencia y no pudiendo ser llamado otro testigo, firmará a ruego del testador uno de los testigos instrumentales, haciéndose constar esta circunstancia.