Artículo 829 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo tercero. De la aceptación y repudiación de la herencia y legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
La herencia o legado dejado a los menores y demás incapacitados, será aceptada por sus representantes legales, quienes podrán también repudiarla con autorización judicial y previa audiencia del Ministerio Público.