Artículo 846 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo tercero. De la aceptación y repudiación de la herencia y legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El heredero o legatario pueden revocar la aceptación o repudiación cuando por un testamento desconocido al tiempo de su declaración, se altere el derecho del heredero o legatario por cualquier circunstancia.