Artículo 883 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo cuarto. De los albaceas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El albacea también está obligado, dentro de los tres meses contados desde que acepte su nombramiento, a garantizar el correcto manejo del caudal hereditario con fianza, hipoteca o prenda, a su elección, según el monto del caudal hereditario y sus posibilidades económicas, a juicio del Juez.