Artículo 905 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo cuarto. De los albaceas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
En la aprobación de las cuentas los interesados pueden celebrar los convenios que quieran.
En el caso que fueren varios los herederos inconformes, los convenios se harán por mayoría de votos.