LA · Art. 102

Artículo 102 de la Ley Agraria

Titulo tercero. De los ejidos y comunidades · Capítulo V. De las Comunidades

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

En los casos en que no exista asignación de parcelas individuales se presumirán iguales, mientras no se pruebe lo contrario, los derechos correspondientes a los comuneros.

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Cómo citar

Artículo 102, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-102/

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