Artículo 52 de la Ley de Amparo
TÍTULO PRIMERO. Reglas Generales · CAPÍTULO VI. Impedimentos, Excusas y Recusaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de octubre de 2025
Sólo podrán invocarse como excusas las causas de impedimento que enumera el artículo anterior.
Las partes podrán plantear como causa de recusación cualquiera de tales impedimentos.