Artículo 142 de la Ley de Migración
Título séptimo. De las sanciones · Capítulo II. De las causas para sancionar a los servidores públicos del instituto
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Se impondrá multa de cien a un mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, al que sin permiso del Instituto autorice u ordene el despacho de un transporte que haya de salir del territorio nacional.