Artículo 25 de la Ley de Nacionalidad
Capítulo III. De la nacionalidad mexicana por naturalización
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 23 de abril de 2012
No se expedirá carta de naturalización cuando el solicitante se encuentre en cualquiera de los siguientes supuestos:
I.No cumplir con los requisitos que establece esta Ley;
II.Estar extinguiendo una sentencia privativa de la libertad por delito doloso en México o en el extranjero, y
III.Cuando no sea conveniente a juicio de la Secretaría, en cuyo caso deberá fundar y motivar su decisión.