LFAFE · Art. 87 Quáter

Artículo 87 Quáter de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Titulo cuarto. Sanciones · Capitulo unico

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de mayo de 2025

A la persona que posea, porte, comercie, transporte o introduzca ilícitamente al territorio nacional, hasta siete piezas o componentes de un arma, se le impondrán:

I.- De tres a cinco años de prisión cuando se trate de piezas o componentes de las armas comprendidas en el artículo 9o. de esta Ley;

II.- De cuatro a seis años de prisión cuando se trate de piezas o componentes de las armas comprendidas en los incisos a) o b) del artículo 11 de esta Ley, y

III.- De cinco a diez años de prisión cuando se trate de cualquiera de las otras armas comprendidas en el artículo 11 de esta Ley.

Son piezas o componentes todas aquellas partes o elementos específicamente concebidos para un arma e indispensables para su funcionamiento, incluidos el cañón, la caja o el cajón, cerrojo o tambor, cierre o bloqueo de cierre, y todo dispositivo concebido o adaptado para disminuir el sonido causado por el disparo de un arma.

Leer de corridodentro de Titulo cuarto. Sanciones

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
f2fcc609ef86…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo adicionado DOF 29-05-2025

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1993»; los anteriores no están en este archivo.

Transitorios (14 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 87 Quáter, Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Texto vigente, última reforma DOF 29 may 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-armas-de-fuego-y-explosivos/articulo-87-quater/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.