LFPCA · Art. 23

Artículo 23 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Título II. De la Substanciación y Resolución del Juicio · Capítulo II. De la Contestación

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026

Cuando haya contradicciones entre los hechos y fundamentos de derecho dados en la contestación de la autoridad federativa coordinada que dictó la resolución impugnada y la formulada por la persona titular de la dependencia u organismo desconcentrado o descentralizado, únicamente se tomará en cuenta, respecto a esas contradicciones, lo expuesto por éstos últimos.

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Última reforma
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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 09-06-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (14 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 23, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 9 jun 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-23/

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