LGISMH · Art. 10

Artículo 10 de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres

Título II. De las autoridades e instituciones · Capítulo primero. De la distribución de competencias y la coordinación interinstitucional

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

En la celebración de convenios o acuerdos de coordinación, deberán tomarse en consideración los recursos presupuestarios, materiales y humanos, para el cumplimiento de la presente Ley, conforme a la normatividad jurídica, administrativa presupuestaria correspondiente.

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Artículo 10, Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-para-la-igualdad-entre-mujeres-y-hombres/articulo-10/

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