LGISMH · Art. 11

Artículo 11 de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres

Título II. De las autoridades e instituciones · Capítulo primero. De la distribución de competencias y la coordinación interinstitucional

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

Se preverá que en el seguimiento y evaluación de los resultados que se obtengan por la ejecución de los convenios y acuerdos a que se refiere este capítulo, intervenga el área responsable de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de acuerdo con las atribuciones que su propia ley le confiere.

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Artículo 11, Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-para-la-igualdad-entre-mujeres-y-hombres/articulo-11/

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