Laboral
¿Qué es la conciliación laboral antes de demandar?
La conciliación prejudicial se tramita ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o ante el Centro de Conciliación local, según la rama o empresa (LFT arts. 527 y 529).
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Artículo 123 · Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Apartado A, fr. XX: establece la instancia conciliatoria obligatoria previa a los tribunales laborales.
Antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondiente. En el orden local, la función conciliatoria estará a cargo de los Centros de Conciliación, especializados e imparciales que se instituyan en las entidades federativas.
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Artículo 684-B · Ley Federal del Trabajo
Obliga a acudir al Centro de Conciliación antes de demandar ante el Tribunal, salvo excepciones legales.
Antes de acudir a los Tribunales, los trabajadores y patrones deberán asistir al Centro de Conciliación correspondiente para solicitar el inicio del procedimiento de conciliación, con excepción de aquellos supuestos que están eximidos de agotarla, conforme a lo previsto en esta Ley.
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Artículo 684-E · Ley Federal del Trabajo
Regula el trámite de la conciliación: solicitud, audiencia, convenio o constancia de no conciliación.
I. Se iniciará con la presentación de la solicitud de conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o al Centro de Conciliación local que corresponda, firmada por el solicitante,
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Artículo 684-D · Ley Federal del Trabajo
Limita a 45 días naturales la duración del procedimiento de conciliación.
El procedimiento de conciliación a que se refiere el presente título no deberá exceder de cuarenta y cinco días naturales.
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Artículo 685 Ter · Ley Federal del Trabajo
Enumera los conflictos exceptuados de agotar la conciliación prejudicial.
Quedan exceptuados de agotar la instancia conciliatoria, cuando se trate de conflictos inherentes a: I. Discriminación en el empleo y ocupación por embarazo, así como por razones de sexo, orientación sexual, raza, religión, origen étnico, condición social o acoso u hostigamiento sexual;
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Artículo 527 · Ley Federal del Trabajo
Enumera las ramas industriales, de servicios y empresas de competencia federal.
La aplicación de las normas de trabajo corresponde a las autoridades federales, cuando se trate de:
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Artículo 529 · Ley Federal del Trabajo
Asigna a las autoridades de las entidades federativas los casos no reservados a la federación.
En los casos no previstos por los artículos 527 y 528, la aplicación de las normas de trabajo corresponde a las autoridades de las Entidades Federativas.
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Artículo 590-A · Ley Federal del Trabajo
Atribuye al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral la conciliación en materia federal.
I. Realizar en materia federal la función conciliadora a que se refiere el párrafo cuarto de la fracción XX del artículo 123 constitucional;
Las notas describen qué regula cada artículo; no son una respuesta para tu caso. Las citas se comprobaron contra el texto vigente el 07/10/2026.