Artículo 1171 del Código Civil Federal
LIBRO SEGUNDO. De los Bienes · TITULO SEPTIMO. De la Prescripción · CAPITULO V. De la Interrupción de la Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable a los herederos del deudor.