Artículo 305 B del Código Civil de Baja California Sur
Libro primero. De las personas · Titulo sexto. Del divorcio · Capitulo V. Del Divorcio Unilateral sin causa
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Con la demanda de divorcio y la propuesta de convenio se dará vista al otro cónyuge, quien sólo podrá oponerse al divorcio en los casos en que opere una causal basada en la enfermedad.