Artículo 906 del Código Civil de Baja California Sur
Libro segundo. De los bienes · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo IV. Del derecho de accesión
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Cuando las semillas o los materiales no estén aun aplicados en su objeto, ni confundidos con otros, pueden reivindicarse por el dueño.