CPBC · Art. 231

Artículo 231 del Código Penal de Baja California

Libro segundo · Parte especial · Titulo sexto. Delitos contra el patrimonio · Capitulo VIII. Daño de propiedad ajena

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 28 de agosto de 2026

Querella.- Los daños en propiedad ajena se perseguirán por querella de parte ofendida, con excepción de los causados por las conductas previstas en el artículo 228 Ter; aquellas conductas agravadas cometidas con dolo previstas en el artículo 229 y los producidos por tránsito de vehículos y el conductor se encuentre en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o cualquier sustancia de efectos similares previstas en los artículos 255 y 256 de este Código, cuya persecución será de manera oficiosa.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Baja California)
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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo Reformado
  • Historial de la fuente: Fue reformado por Decreto No. 115, publicado en el Periódico Oficial No. 36, Sección II, de fecha 02 de septiembre de 1994, Tomo CI, expedido por la H. XIV Legislatura Constitucional, y siendo Gobernador Constitucional el C. L.A.E. Ernesto Ruffo Appel, 1989-1995; fue reformado por Decreto No. 389, publicado en el Periódico Oficial No. 43, de fecha 19 de octubre de 2007, Tomo CXIV, expedido por la H. XVIII Legislatura siendo Gobernador Constitucional el C. Eugenio Elorduy Walther 2001-2007; fue reformado por Decreto No. 277, publicado en el Periódico Oficial No. 51, de fecha 13 de noviembre de 2009, Tomo CXVI, expedido por la H. XIX Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. José Guadalupe Osuna Millán 2007-2013;

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  • Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').
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Transitorios (239 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 231, Código Penal de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 28 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-231/

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