Artículo 24 J del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO PRIMERO. De las personas · TÍTULO PRIMERO BIS · CAPÍTULO SEGUNDO. DE LA DESIGNACIÓN ORDINARIA DE APOYOS
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
La persona conservará en todo tiempo la posibilidad de revocar o modificar el apoyo designado. La revocación deberá hacerse por la misma vía en que fue designado el apoyo.