CCCDMX · Art. 393

Artículo 393 del Código Civil de la Ciudad de México

LIBRO PRIMERO. De las personas · TITULO SEPTIMO. De la filiación · CAPITULO V. De la adopción · SECCIÓN PRIMERA. Disposiciones generales

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026

Podrán ser adoptados:

I.Las niñas, niños y adolescentes menores de 18 años:

a)Que carezca de persona que ejerza sobre ella la patria potestad;

b)Declarados judicialmente en situación de desamparo o bajo la tutela del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal;

c)Cuyos padres o abuelos se les hayan sentenciado a la pérdida de la patria potestad; y

d)Cuyos padres o tutor o quienes ejerzan la patria potestad otorguen su consentimiento.

II.El mayor de edad, cuando a juicio de la persona juzgadora en materia familiar, la adopción sea en beneficio de la persona adoptada.

III.(fracción derogada, G.O.29 de noviembre de 2024)

Sobre este texto
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b1d3b74ea3b5…
Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)

Notas de reforma de este artículo

  • (REFORMADO, G.O. 15 DE JUNIO DE 2011)
  • (fracción reformada, G.O.CDMX 29 de noviembre de 2024)
  • (fracción reformada, G.O.CDMX 29 de noviembre de 2024)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • art. 243: inicia con 'Se deroga.' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • art. 1549: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • art. 3049: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • art. 3054: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo
  • Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición.

Transitorios (58 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 393, Código Civil de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 20 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-393/

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