Artículo 285 del Código Penal de Chiapas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo. Delitos en contra de las personas en su patrimonio · Capítulo I. Robo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 29 de abril de 2026
Además de las penas señaladas para los delitos comprendidos en este capítulo, si el Órgano Jurisdiccional lo estimara conveniente, podrá también decretar en contra del sujeto activo, la suspensión de los derechos de patria potestad, tutela, curatela, perito, depositario, interventor judicial, síndico o interventor en concursos o quiebras, albacea, asesor, representante de ausente o en el ejercicio de profesión de las que exigen título.