Artículo 1321 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo VII. De los legados · Sección segunda. Del legado de bien propio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
No produce efectos el legado que el testador hace de bien propio, individualmente determinado, que al tiempo de su muerte no se halle en su herencia. Sin embargo, si el bien designado existe en la herencia en menor cantidad o número que los designados en el testamento, tendrá derecho el legatario a lo que hubiere.