Artículo 1405 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
El testamento público se otorga ante Notario y testigos o únicamente ante Notario en los casos previstos legalmente o ante el Director del Registro Público de la Propiedad y del Notariado, por conducto de los Jefes de Departamento de los Registros Públicos en el Estado, tratándose del testamento ológrafo.