Artículo 2112 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Título sexto. De la inexistencia y de la nulidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Cuando alguien, explotando la ignorancia, inexperiencia o miseria de otro, obtiene un lucro desproporcionado a lo que él por su parte se obliga, se presume viciado el consentimiento y el perjudicado podrá optar por demandar la nulidad del contrato o la reducción equitativa de su obligación, más el pago de daños y perjuicios.