Artículo 2474 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título noveno. Del mandato · Capítulo II. De las obligaciones de mandatario con respecto al mandante
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Si se le designó la persona del substituto, no podrá nombrar a otro; si no se le designó persona podrá nombrar a la que quiera y en este último caso solamente será responsable cuando la persona elegida fuere de mala fe o se hallare en notoria insolvencia.