Artículo 2920 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Tercera parte · Título segundo. Del registro público · Capítulo V. De las inscripciones de posesión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
No podrán inscribirse mediante información posesoria, las servidumbres continuas no aparentes, ni las discontinuas, sean o no aparentes, ni tampoco el derecho hipotecario.