Artículo 47 del Código Civil de Chihuahua
Libro primero. De las personas · Título cuarto. Del registro civil · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
La falsificación de las actas y la inserción en ellas de circunstancias o declaraciones prohibidas por la Ley, motivarán la destitución de los Jefes de las Oficinas del Registro Civil o del Jefe del Departamento, o de quienes los sustituyan, sin perjuicio de las penas que la Ley señale y de la indemnización de daños y perjuicios.